20MINUTOS.ES
- El Gobierno lanza un contrato laboral indefinido para emprendedores.
- Los directivos de las empresas públicas no cobrarán indemnizaciones si tenían un puesto en la Administración.
- Los contratos temporales no se podrán encadenar más de 24 meses seguidos.
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La vicepresidenta del Gobierno, , ha explicado las claves de la reforma laboral que acaba de aprobar el Consejo de Ministros y que entra en vigor este sábado, tras su publicación en el BOE.
Como principal novedad, se crea un contrato indefinido para emprendedores, para empresas de menos de 50 trabajadores, “un contrato en el que se incluirá una deducción de 3.000 euros en la contratación del primer trabajador menor de 30 años y que permite que ese trabajador que saquen de desempleo pueda cobrar el 25% de la prestación y el empleador podrá deducirse en el plazo de un año el 50% del montante que al trabajador contratado le quede por percibir”, ha explicado Saez de Santamaría.
Para la vicepresidenta esta será “una reforma importante, de calado, completa, me atrevo a decir que marcará un antes y un después”, y que tiene por objetivo “crear las bases que permitan crear empleo”.
Se trata de una reforma para “facilitar la contratación, con especial atención a los jóvenes, parados de larga duración y personas que tienen cargas familias” y, según la viceministra, “busca la estabilidad en el empleo”.
Soraya ha explicado que se trata de “flexibilidad el marco de la empresa para que el despido sea el último recurso” y que “vincula la formación profesional a la empresa”.
En su introducción Soraya ha insistido en que “busca atajar las causas de la economía sumergida” y busca “apoyar a los autónomos, pequeñas y medianas empresas, como generadores de empleo en nuestro país”.
Directivos sin indemnizaciones
Los directivos de empresas públicas que cesen y se reincorporen a su puesto anterior en la Administración no tendrán indemnización por despido, ha explicado Soraya.
Los directivos de entidades financieras que hayan sido sancionados por su gestión no tendrán derecho a percibir una indemnización por despido, al considerarse éste disciplinario.
El resto de los directivos de empresas públicas que sean cesados cobrarán una indemnización por despido de 7 días por año trabajado con un límite de seis mensualidades.
Por su parte, la ministra de Empleo y Seguridad Social, , que ha calificado la reforma de “histórica” y se ha ayudado de un ‘powerpoint’ para explicar su reforma, ha explicado que esta reforma pretende combatir los dos principales males del mercado laboral español: la dualidad y la rigidez.
A este respecto ha explicado que quieren “ahondar en los objetivos de flexibilidad en la empresa“, lo que implica un cambio en el sistema de negociación colectiva y la posibilidad de descuelgue de los convenios.
La ministra ha explicado que se ha creado una cuenta de formación para cada trabajador por la que tendrá derecho a 20 horas de formación anuales pagadas por su empresa.
En cuanto a la contratación, los contratos temporales no se podrán encadenar más de 24 meses seguidos.
Indemnizaciones por despido
Bañez ha explicado que el contrato indefinido, a partir de esta reforma, tendrá una indemnización por despido improcedente de 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades. Hasta ahora la indemnización era de 45 días por año.
El despido procedente será de 20 días por año trabajado, con un máximo de un año de salario. Según Báñez, la reforma respetará” los derechos adquiridos por los trabajadores”.
El Gobierno ha clarificado en esta reforma las características para que las empresas puedan acogerse a despidos objetivos por causas económicas (20 días por año trabajado).
Así, se entenderán por causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, como la existencia de pérdidas actuales o previstas o la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas. En todo caso, se entenderá que es persistente si se produce durante tres trimestres consecutivos.
Además, la reforma elimina la autorización laboral administrativa que se requería en los despidos colectivos.
Asimismo, fomentará la contratación indefinida de jóvenes y de parados de larga duración con bonificaciones de hasta 4.500 euros, regula por primera vez el teletrabajo y la modificación de las condiciones laborales, y modifica el contrato estable a tiempo parcial y el de formación y aprendizaje.
En este punto, Báñez ha explicado que el contrato de formación podrá realizarse con trabajadores de hasta 30 años hasta que la tasa de paro no baje del 15%. Cuando ésta caiga por debajo de esa barrera, la edad máxima del contratado será de 25 años.
En cuanto a los convenios colectivos, la prórroga máxima de los que hayan vencido será de dos años, con lo que se pone límite a la denominada “ultraactividad” que permitía el alargamiento prácticamente indefinido de los convenios.
Soraya Saénz de Santamaría ha dicho que el Gobierno tiene intención de tramitar la reforma laboral como proyecto de Ley para lograr “el máximo consenso posible“, aunque el Consejo de Ministros la ha aprobado en forma de Real-Decreto Ley.
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